Rafael Robles Solano

Por: Rafael Robles Solano*

Deplorando que, por el aberrante afán amarillista de nuestros medios de comunicación, dedicados a denigrar y resaltar todo aquello que favorece sus críticas contra el presidente Petro, dejaron pasar sin que les mereciera el despliegue informativo que tiene ésta importantísima e histórica reforma para el futuro de las propiedades rurales y la convivencia pacífica del campesinado colombiano.

Veamos la razón de esta afirmación, obedece a que el pasado 13 de junio de 2023, con ponencia del presidente del Senado, Alexander López Maya (Pacto Histórico), quien resaltó que este cambio constitucional «permitirá que iniciemos el camino de la paz, de la reforma agraria, y de la protección de derechos a las víctimas del conflicto armado.” De modo que el Congreso de la República aprobó el Proyecto de Acto Legislativo No.173 de la Cámara y No.035 del Senado, ambos de este año, o sea, la creación de la nueva Jurisdicción Agraria y Rural, indispensable para fomentar y recuperar la legalidad de la inmensa mayoría de aquellos predios que durante décadas, por no extenderla a las dos centurias de gobiernos que se rehusaron a facilitar y reconocer que nuestros campesinos, raizales y aborígenes, pudieran acceder a la propiedad de sus territorios, sometidos a la explotación feudalista impuesta por los terratenientes y latifundistas de nuestro país.

Entre los factores que destacan la importancia de esta reforma, tenemos que se podrán legitimar las propiedades campesinas, sin seguir sometidos a las persecuciones y masacres que servían de preámbulo para los permanentes desplazamientos forzados de las últimas décadas, impidiendo que dichas tierras salieran del control de los citados terratenientes, hoy dedicados en su mayoría a la explotación de las tierras para cultivos extensivos, lícitos e ilícitos, para los hacendados ganaderos y para la desforestación de inmensos territorios de reservas naturales promovidas por colonos inconscientes del daño que causan.

Revisando antecedentes de los conflictos alrededor de la tenencia, el uso y la propiedad de la tierra, se evidencia que estos han sido la base causal de las confrontaciones que marcaron nuestra historia de trágicas violencias y derramamientos de sangre de poblaciones inermes. Para la ministra de Agricultura, la jurisdicción agraria va a permitir “que la paz llegue al campo como una vía judicial por la cual se puedan tramitar y superar las diferencias que se tienen sobre los derechos a la tierra, a los baldíos y los bienes de uso público.”

Mediante una breve reseña de lo que fue la Reforma Agraria en Colombia, la podemos sintetizar en que por la Ley 135 de 1961, se creó el Instituto Colombiano para la Reforma Agraria – INCORA, adoptada por el primer gobierno del Frente Nacional del liberal Lleras Camargo, con el respaldo de LA ALIANZA PARA EL PROGRESO, que se desplegaba con tres líneas estratégicas, así:

a.) Dotación de tierras a campesinos carentes de ellas;

b.) adecuación de tierras para incorporarlas a la producción, y

c.) implementación de servicios sociales básicos y otros apoyos complementarios de infraestructuras.

Entonces, tenemos que el presente acto legislativo no crea una nueva corte, por el contrario, fortalece la figura de jurisdicción agraria y rural, con la cual se tendrán más jueces que se dedicarán a tramitar los miles de procesos que en caso de tierras están estancados, y que en su mayoría son las causas para que el campesinado busque se les restituyan sus derechos ancestrales, conculcados por la expulsión violenta de sus tierras. Finalmente, anotar que casualmente la jurisdicción agraria, quedó aprobada el mismo día en que el Congreso, también aprobó el proyecto de acto legislativo que reconoce al campesinado como sujeto de derechos y de especial protección constitucional, poniendo fin a un rezago que persistía desde los tiempos en que se abolió la esclavitud en Colombia. (Fuentes: DE LA TITULACIÓN DE TIERRAS EN COLOMBIA (marzo 24 de 2021) y EL ESTADO FRENTE AL NUEVO PACTO SOCIAL (mayo 31 de 2021). De este autor, publicados en Diario virtual: elderecho.com.co.

*Rafael Robles Solano. Secretario Ejecutivo LIDERESOCIAL. rafaelrobles12@hotmail.com

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