Ana Karina Hidalgo

Por: Ana Karina Hidalgo*

Existen circunstancias en que la Autoridad Migratoria en cualquier de sus puestos de control migratorio (aéreo, terrestre, marítimo) puede impedir la salida del territorio colombiano a un viajero, estas pueden ser: Por disposición de autoridad judicial: los jueces y fiscales dentro de su poder jurisdiccional pueden restringir derecho fundamental decretando o imponiendo medidas de aseguramiento, entre ellas la de prohibir la salida del país de quien se encuentra dentro de un proceso penal, laboral, o de familia, para lograr la comparecencia de esta persona al proceso. a. En materia Penal: a quien se encuentre vinculado a un proceso penal. b. En materia de familia: a quien ha sido demandado por alimentos. c. De orden personal: el interesado, Padre o Madre, a título propio para impedir que su hijo menor de edad salga con el otro padre o con un tercero. d. De orden Administrativo: el Defensor de Familia o de menores del ICBF, por protección a los infantes. Esto se regula por el código de la infancia y la adolescencia.

Cuando es un impedimento de salida judicial, se hace ante la Policía Nacional, institución encargada de impedimentos y capturas desde el primero (01) de enero de 2012, lo cual se debe tramitar la respectiva radicación de documento contentivo del impedimento de salida del país en los medios habilitados por la entidad.

Para dejar constancia del registro y no tener inconvenientes en el momento de la salida del país, es necesario que se radique el impedimento ante cualquiera de los 27 Centros Facilitadores de Servicios Migratorios (CFSM), ubicados a nivel nacional de Migración Colombia.

Cuando se trata de impedimentos de salida de menores de orden personal, se pueden radicar en cualquiera de los Centros Facilitadores de Servicios Migratorios (CFSM), ubicados a nivel nacional, anexando copia del Registro Civil del menor y fotocopia de la cédula del padre que lo interpone junto a la solicitud escrita. Aplica solamente para nacionales colombianos y extranjeros residentes en Colombia.

* Ana Karina Hidalgo. Abogada Binacional Universidades Falcón – Venezuela y Santo Tomás – Colombia. Especializada en Derecho Migratorio. anakarinahidalgo17@gmail.com

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