SAÚL ALFONSO HERRERA HENRÍQUEZ- abogado. Magister en Derecho Público. 

Por: Saúl Alfonso Herrera Henríquez*

La corrupción es definida por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), como el abuso de poder o de un cargo público (y a menudo privado) para obtener un beneficio indebido o personal, desplazando el interés general. En términos jurídicos, es el abuso de poder, cargo o autoridad (pública o privada) para obtener un beneficio personal o para terceros, en contravención a la ley, además de implicar la desviación de las funciones encomendadas para conseguir una ventaja ilegítima, vulnerando el Estado de Derecho y la imparcialidad institucional. A diferencia de un concepto puramente moral, desde el derecho la corrupción no se castiga como un todo abstracto, sino a través de delitos específicos tipificados en los códigos penales. Se manifiesta en diversas figuras delictivas, tales como: soborno / cohecho (ofrecer, dar, solicitar o recibir dádivas, dinero o favores a cambio de realizar u omitir un acto propio de las funciones de un cargo); tráfico de influencias (usar el poder o las conexiones personales para obtener beneficios indebidos de una autoridad o funcionario; peculado / malversación (apropiación indebida o uso de fondos y bienes públicos/privados por parte de quien los administra por razón de su cargo); extorsión: (exigir el pago de dinero o ventajas abusando de la posición de autoridad.

Legalmente, la corrupción se define como el uso indebido o el abuso del poder conferido (ya sea en el sector público o privado) para obtener un beneficio personal o indebido para terceros. Esta conducta viola los deberes de imparcialidad, transparencia y legalidad; y, por tratarse de un fenómeno amplio, la legislación penal no lo sanciona bajo un solo delito, sino que lo castiga a través de conductas específicas, siendo sus manifestaciones más comunes, además del cohecho o soborno, del peculado o malversación; y del tráfico de influencias, el nepotismo (favorecer a familiares o amigos cercanos con cargos públicos o contratos, independientemente de su mérito o capacidad profesional(; y, la concusión (exigir o hacer pagar a una persona un impuesto, contribución o tasa mayor a la legalmente establecida, o cobrar por un servicio que debería ser gratuito).

En síntesis, es la corrupción el abuso de poder o de una posición de autoridad para obtener ventajas personales o beneficios privados en detrimento del bienestar común, la cual afecta directamente la estabilidad de las instituciones públicas, lo mismo que erosiona la confianza ciudadana y frena el desarrollo económico y social, desvía recursos esenciales que deberían destinarse a servicios básicos como la salud o la educación, aumentando así inequidad, desigualdad y la pobreza; siendo por tanto en definitiva, un mal mayor que aqueja a instituciones públicas y privadas; provoca serias consecuencias en la legitimidad de las personas, de las asociaciones, de los sistemas, de los gobiernos y del Estado mismo, además de tener una estrecha relación con los derechos humanos; con su compromiso, pues una de sus principales preocupaciones es lograr la sanción; sin desconocer el impacto que genera en el ejercicio de los derechos, pero también en la efectividad de un sistema democrático, en el mensaje que propicia alude a su falta de seguimiento, investigación y enjuiciamiento, pues se traduce en impunidad y en la idea de “no pasa nada”, una permisión total y repetición crónica, también es un mensaje abierto del fracaso de los sistemas normativos, que intentan propiciar escenarios de cumplimiento para una sana convivencia en las sociedades como fines del derecho, la certeza, el bien común y especialmente la dignidad de las personas, siendo preciso señalar que su concepción ha tenido un tratamiento más definido en el ámbito de lo público, su entendimiento alude al mal uso de un cargo público y el aprovechamiento de esta condición para fines privados, pero en la actualidad no escapa otros contextos.

Por muy dura que parezca la expresión, su definición incluye la denominada “práctica consistente en la utilización indebida ilícita de las funciones de aquellas en provecho de sus gestores”, que se traduce en utilizar los recursos públicos –en su más amplia dimensión– para contribuir al beneficio personal, redunda y confronta con valores como la honestidad, la integridad, y desde luego la congruencia, por lo que no debe ser ni darse la tolerancia de la ciudadanía en estas prácticas, ya que favorece en mucho su perpetuación.

La corrupción no es un algo separado, se produce y reproduce muy a menudo de forma silenciosa, casi naturalizada, se da en distintos niveles y dimensiones, las hay desde acciones aisladas, individuales, hasta colectivas y sistemáticas, que de forma reiterada se presentan en distintas categorías. Desde luego que un acto de corrupción lo significa ejercer un cargo para el que no se está preparado, o bien al que se accede con actos de dudosa fiabilidad, ejercer un cargo público donde existen descalificaciones sobre las campañas o el proceso mismo para su consolidación también refleja la falta de compromiso con este tema, es deber cuestionarse aquellas zonas grises donde se comprometen valores y convicciones que deben mantenerse intactos. También se configura cuando las encomiendas en las funciones asignadas no se cumplen y a cambio se perciben remuneraciones que no son correspondientes al cumplimiento de la responsabilidad.

Razón por la que desde la academia se afirme que la virtud de honestidad, elemento que sostiene la congruencia de la autoridad debe reconocer la importancia en los procesos de selección y designación, ellos coadyuvan no solo a sostener el ejercicio de las propias funciones encomendadas, sino también a dotar de certidumbre en el ejercicio de los cargos, que poco se vinculan con la improvisación y donde existe una necesidad de capacidad, pero que también se asocia a la propia responsabilidad, preparación, actualización y especialización. La prevalencia de la corrupción requiere de un entorno despojado de convicciones, también de tibieza en los mecanismos para su sanción y en este apartado la rendición de cuentas y la transparencia. Existe muy poco desarrollo en la reparación que atiende a su responsabilidad, probablemente más vinculada a la objetiva, sustituta o personal.

Si bien, la corrupción puede desplegarse de formas diversas en muchos espacios, como el político, el judicial, el sindical, el burocrático, lo cierto, igual se indica, es que en todos abona al descredito y a la falta de legitimidad de las autoridades, como también a  la deconstrucción de los derechos, lo que coadyuva a ampliar la desigualdad. En su materialización incluye múltiples formas ilícitas, tráfico de influencias, aprovechamiento de bienes, malversación de recursos financieros y falta de cuidado en el ejercicio del erario, el enriquecimiento ilícito, el abuso de confianza, justicia sin independencia, elecciones cuestionadas por ser no desarrolladas de forma justa, informada y libre; factores todos que contribuyen a los embates a principios morales.

Ella, la corrupción encuentra su reproducción en sistemas normativos con poca claridad en la sanción, pero también donde fecunda la falta de sanción. La magnitud del evento en analogía se advierte como una enfermedad invasiva, cuando de manera normalizada identificamos casos de autoridades involucradas o con sospechas de vínculo con la delincuencia organizada y no se emprenden investigaciones eficaces para reconocer su honorabilidad o en su caso confirmar su culpabilidad y su respectiva sanción, como una respuesta institucional, normativa, constitucional que contribuya a su reducción hay un mensaje grave a la sociedad. La ciudadanía tiene un empoderamiento relevante, podría pensarse que es el pegamento para su debilitamiento, pero también tiene el efecto contrario, la indiferencia es como un tratamiento fallido que se rinde al avance impotente de la enfermedad que, aunque éticamente es inaceptable, su nivel de avance desilusiona en la sanación. 

*Abogado. Especializado en Gestión Pública. Derecho Administrativo y Contractual. Candidato a Magister en Derecho Público. Analista. Conferenciante. Columnista

¿Cómo le pareció el artículo?
+1
1
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0

Por editor

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *