Por: Rubén Darío Ceballos Mendoza*
La impunidad, en la cuadratura del derecho penal y los derechos humanos, es la inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad penal. Ocurre cuando los autores de delitos escapan a la investigación, arresto, procesamiento y, si son culpables, a la condena y reparación del daño causado a la víctima y son causas principales de ella, que no siempre se deben a una sola falla, sino a un conjunto de obstáculos dentro del sistema de justicia, las falencias investigativas, los mecanismos legales de evasión, la debilidad institucional y el vencimiento de términos, con unos efectos devastadores los cuales en el derecho tanto para las víctimas como para la sociedad, como son la vulneración a las víctimas propiamente dicho, debilita el Estado de Derecho y fomenta la justicia por mano propia. Internacionalmente, han establecido la ONU y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que los Estados todos tienen la obligación internacional de investigar y sancionar cualquier violación a los derechos humanos. En casos de crímenes de lesa humanidad o graves violaciones, las leyes de impunidad (como el auto-perdón o las amnistías generalizadas) son consideradas nulas y violatorias del derecho internacional.
Debe ser igualmente entendida como la falta de sanción ante la comisión de un ilícito. Se trata sin duda, de uno de los peores males que aquejan a nuestro país. De este lamentable fenómeno prospera en su actuar la delincuencia, así también, del “no hacer” de las autoridades. Es un fenómeno con diferentes aristas; una de ellas, la renuncia gubernamental de hacer cumplir la ley. Es decir, desistir de desempeñar el más esencial propósito de la existencia del Estado: garantizar la seguridad de los gobernados, ya que como tal, la impunidad imposibilita que exista la certeza jurídica y el pleno ejercicio de nuestros derechos.
Padecemos graves problemas en materia de derechos humanos, nuestras fiscalías apenas resuelven muy poco de los homicidios que investigan; y que en muchos casos, lo hacen con pruebas que han sido alteradas, falsificadas u obtenidas mediante amenazas o tortura. Aunado a lo anterior, se menciona que suelen carecer de investigadores calificados, materiales, recursos básicos, y protección adecuada para llevar a cabo su trabajo. Es la semilla de muchos de nuestros males, toda vez que su gravedad es mayúscula, puesto que se trata de un fenómeno generalizado y es evidente por vía de percepción y estadísticamente, que apenas un mínimo porcentaje de los delitos cometidos ocurridos y denunciados, muy pero muy pocos tienen una favorable resolución, lo que nos clasifica por Transparencia Internacional, dentro del Índice de Percepción de Corrupción, como uno de los países peor evaluado entre los miembros de la OCDE.
A lo largo de los últimos años se han tomado diversas medidas, tibias afirman algunos, por cuanto reflejan flojos resultados y nunca mejores. Y si bien algunas veces bajan las tasas diarias de homicidios, no es menos cierto que de otro lado aumentan las cifras de personas desaparecidas, debido a la consideración que si no hay cuerpo no se puede considerar un homicidio ni se abre la correspondiente carpeta de investigación, lo que ha convertido al país en un en un cementerio clandestino, lo que indica una enorme falencia que desnuda muchas de las causas para la existencia de mayores niveles de delincuencia, corrupción e impunidad.
Cuando los delitos se cometen abusando del poder político, el quebrantamiento del Estado de derecho es mucho más grave y sus consecuencias son más devastadoras. Porque quienes están a cargo de hacer cumplir la ley, son los que la violan y a veces son cómplices de quienes los cometen, lo que invita a buscar una valiosa oportunidad para reflexionar sobre estos temas y de contera crear y fortalecer un marco normativo que obligue a a cuidar y responder por lo cual en todas las instancias instituidas para combatirla; de ahí que ilustre en buena medida esto de la impunidad, la voz autorizada de gran pensador y escritor, Augusto Roa Basto, cuando refiere que “El poder de infección de la impunidad es más letal que el de las pestes”, lo que es una verdad tan grande como una catedral.
*Jurista. Especializado en Derecho Laboral. Derecho Penal. Docente Universitario. Conferencista. Panelista. Columnista. rubenceballos56@gmail.com

