Por: Rubén Darío Ceballos Mendoza*
Democracia, en una de sus múltiples acepciones, se nos dice que es aquella referida para designar a una de las formas de gobierno en que puede ejercerse el poder político del y para el pueblo; concepto que ha sido abordado académicamente desde la teoría de la forma de gobierno según sus usos con base en los criterios numéricos en que se ejerce el poder, siendo la forma de gobierno de las mayorías o los muchos, a diferencia de las monarquías o las aristocracias. En el marco del Estado moderno, se puede definir como un método o un conjunto de reglas de procedimiento para la constitución del gobierno y para la formación de las decisiones políticas, más que de una determinada ideología; óptica desde la cual un régimen democrático implicaría, entre otras cosas, que sus órganos legislativos o ejecutivos estén compuestos por miembros elegidos por el pueblo, directa o indirectamente; que haya ciudadanos sin distinción de raza, religión o condición social y económica con capacidad para votar y elegir representantes; igualdad de voto; y que prepondera el principio de mayoría sin afectar los derechos de las minorías (democracia formal).
Otra acepción de la Democracia se adjetivan como sustancial y se remitirá a los principios e ideales característicos de la democracia moderna donde se privilegia la idea de igualdad ante la ley e incluso en el ámbito económico o social, y la libertad del individuo frente al poder político. En suma, la democracia formal describe al gobierno del pueblo y la sustancial al gobierno para el pueblo.
Justicia social en tanto, controvertido enunciado, es principio que busca garantizar la igualdad de derechos, oportunidades y dignidad para todas las personas, independientemente de su origen, género o condición, siendo su objetivo reducir desigualdades estructurales mediante el acceso equitativo a servicios básicos, educación, salud y trabajo digno, promoviendo la paz y la cohesión social.
La democracia, en su sentido más profundo, descansa en la premisa básica que la igualdad entre la ciudadanía, no se reduce a la posibilidad de votar para elegir autoridades y representantes, en también implica que las personas participen más activamente en este contexto y puedan así ejercer en mejor forma sus derechos en condiciones reales de igualdad. Debe concebirse la democracia concebida como un sistema de vida orientado al mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, lo que implica generar condiciones justas para el desarrollo colectivo, de ahí que la igualdad sustantiva y los derechos a la educación, la salud, el trabajo y la participación política no sean concesiones, sino garantías constitucionales que deben cumplirse sin excepción.
Es fundamental saber igualmente que cuando amplios sectores carecen de acceso efectivo a salud, educación o empleo digno, bien remunerado y duradero, se reduce el margen para informarse, deliberar, organizarse y exigir rendición de cuentas. La desigualdad material termina traduciéndose en la imposibilidad de que nuestra voz sea escuchada. En este contexto, todas las autoridades tienen obligaciones en el ámbito de sus competencias, lo que les implica remover obstáculos a la participación política, asegurando condiciones de igualdad, previniendo la violencia política y combatiendo la discriminación, lo que genera que la democracia se debilite, y pasa, cuando hay carencias estructurales, de ahí que combatir esas carencias es un reto integral que atañe a todas las autoridades del Estado, puesto que el objetivo no se debe limitar a que las personas tengan las condiciones materiales para participar, sino que deben gozar de contextos sociales y educativos que les permitan intervenir con información, conocimiento y plena libertad.
La justicia social requiere políticas públicas que reduzcan inequidades y desigualdades, amplíen oportunidades y fortalezcan la protección social, lo que requiere de instituciones sólidas que aseguren que la pluralidad social tenga cauces democráticos para expresarse, por ello importa sobremanera la igualdad sustantiva (igualdad real, de hecho y no solo de derecho (o formal), que garantiza a todas las personas el mismo acceso, trato y oportunidades para el goce de sus derechos fundamentales e implica eliminar barreras estructurales, sociales y económicas que discriminan a grupos desfavorecidos -especialmente mujeres- para alcanzar resultados equitativos en todos los ámbitos de la vida) como un objetivo que exige acción permanente, en el saber que el robustecimiento de la justicia social no debe ser por ningún motivo un algo paralelo a la democracia, sino su base.
*Jurista. Especializado en Derecho Laboral. Derecho Penal. Docente Universitario. Conferencista. Panelista. Columnista


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