JOSÉ MANUEL HERRERA VILLA

Por: José Manuel Herrera Villa*

Convienen sin duda en las instancias gubernamentales la realización de toda clase de auditorías, a efecto evaluar, ajustado a realidad, el estado de situación de la gestión pública, tales como la evaluación de la asignación de fondos públicos que se transferían al sector privado, la ocupación de edificios públicos, la cantidad de agentes públicos activos y los tipos de vínculos de empleo, con y sin permanencia, de conformidad con la normatividad instaurada para tales fines, lo que debe ser un todo proactivo, en la esencia que con las auditorías internas los objetivos que persiguen y su carácter de control posterior son vitales para la buena marcha de la función pública, al ser la auditoría interna una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta, concebida para agregar valor y mejorar las operaciones de una organización, a la que ayuda a cumplir sus objetivos aportando un enfoque sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la eficacia de los procesos de gestión de riesgos, control y gobierno.

Finalidad que es colaboradora y es está presente en los relevamientos y evaluaciones gubernamentales, que necesitan información actual de la gestión anterior para diseñar y aplicar las reformas legales y administrativas que pretenden materializarse, toda vez que más allá de los enfoques políticos, uno de los factores que inciden en el éxito o el fracaso de las transformaciones en el sector público es el diagnóstico que debe realizarse de las estructuras y los modelos de gestión existentes.

Esos controles interdisciplinarios e integrales, no solo deben dirigirse a determinar la real dimensión del Estado y de la administración, sino también brindar información sobre los recursos normativos, humanos, tecnológicos, presupuestarios, que son necesarios para resolver los problemas de la sociedad.

Esa reivindicación que ahora tienen las auditorías internas desplaza las críticas que han recibido por ser un control posterior. Es que el atributo que se asigna de que el control llega tarde, pierde fuerza: lo posterior no es sinónimo de inoportuno, ni de ineficiencia, no solo porque es posible realizar auditorías concomitantes simultáneas a la actuación del controlado, sino porque la auditoría posterior puede ser oportuna, practicada dentro de un tiempo razonable respecto de la gestión; vale decir lo cual que quien tiene competencia para ejercer control posterior debe hacerlo oportunamente porque su retraso o aplazamiento, bajo la excusa de que es posterior, implica el irregular ejercicio de aquellas funciones.

Empero el control de lo público no es del todo suficiente para conocer y evaluar la gestión, si sus resultados no están disponibles como información pública. La publicidad de los informes de auditoría interna es fundamental para conocer el pasado, pero también el presente de la actuación gubernamental, por lo que la confidencialidad debería ser excepcional y el acceso a esa información no tendría que estar sujeto a solicitudes especiales sino encontrarse a disposición incluso en las páginas oficiale; toda vez que ese control es tal, por el vínculo entre el controlado y el controlante que no debe permanecer oculto, máxime cuando es el resultado de evaluaciones que deben impulsar posteriores transformaciones en las estructuras del sector público.

Una auditoría interna oportuna, practicada con profesionalismo y transparencia, contribuye a mejorar la gestión y, fundamentalmente, a retomar la confianza social en el control público como instrumento para mejorar la vida de los ciudadanos.

*Profesional en Administración y Finanzas. Especializado en Auditoría Integral. Formulación, Evaluación y Gerencia de Proyectos de Desarrollo. Columnista

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