Ana Karina Hidalgo

Por: Ana Karina Hidalgo*

A partir del primero (1) de junio de 2023, los venezolanos portadores del Permiso por Protección Temporal (PPT) pueden iniciar a solicitar la Visa de Residente (Tipo R) en la página oficial de Cancillería, previo al cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Haber sido titular del Permiso Especial de Permanencia (PEP) durante 5 años o documento que demuestre que ha sido titular de Permiso por Protección Temporal (PPT) durante 5 años; o haber completado 5 años de tiempo acumulado entre los dos documentos de identidad anteriormente señalados.

2. Contar con el Permiso por Protección Temporal vigente.

Por consiguiente, los venezolanos podrán utilizar ese documento de identidad (PPT) como base para la solicitud de la Visa de Residente, cuya expedición podrá efectuarse de manera automática mediante interoperabilidad de plataformas digitales entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Migración Colombia, y posteriormente, a la aprobación de la visa, podrán solicitar a favor de su cónyuge, compañero (a) permanente o hijos menores de 25 años de edad que dependan económicamente de él, la visa de beneficiario (s), previo al cumplimiento a requisitos señalados en la Resolución 5477 de 2022.

Es necesario recordar que, el Permiso por Protección Temporal (PPT) fue creado como mecanismo especial y temporal, es decir por 10 años, a favor de todos los venezolanos que cumplan con ciertas formalidades, beneficiándolos con un documento de identidad válido, pudiendo ejercer cualquier actividad u ocupación legal dentro del territorio colombiano, así como la regulación migratoria, logrando acreditar la permanencia para la acumulación del tiempo requerido para optar a la Visa de Residente, esto es acogerse al régimen ordinario, siendo de suma importancia aclarar, que los titulares de este permiso obligatoriamente deben realizar la transición a este último régimen antes del vencimiento de este documento, evitando quedarse indocumentado, cambiando su situación migratoria de regular a irregular y perdiendo todos los beneficios otorgados, entre otras consecuencias que podrían suscitarse.


*Ana Karina Hidalgo. Abogada Binacional. Universidades Falcón – Venezuela y Santo Tomás – Colombia. Especializada en Derecho Migratorio. anakarinahidalgo17@gmail.com

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