El gobierno nacional para propiciar la reactivación del sector Turistico, promulgó la resolución 0001443 del 24 de agosto de 2020, con la cual se dictan los protocolos de bioseguridad para los operadores turísticos, servicios turísticos y atractivos turísticos, como medida complementaria a la Resolución 666 del 24 de abril del 2020.

 Las agencias de viaje están obligadas a exigir a los administradores de atractivos turísticos y los lugares de encuentro de viajeros que estas tengan marcas visuales o señalización para aplicar el distanciamiento físico mínimo de 2 metros en todas las locaciones. Donde operen las actividades de turismo deben contar con agua potable, baños limpios con jabón líquido, toallas desechables y afiche instructivo para el lavado de manos. Cuando el lugar carezca de agua potable, la agencia de viajes debe hacer la gestión logística correspondiente para garantizar la disponibilidad para el personal y los clientes

Las locaciones deben contar con servicios sanitarios que se utilicen durante los recorridos turísticos se disponga como medida preventiva de contagio, de papel aislante en el inodoro y papel higiénico en formato individual sellado.

En las oficinas las agencias deben generar barreras físicas para la atención de clientes y recepción de facturas y correspondencia, garantizar el uso de tapabocas y guantes de látex o nitrilo del recepcionista, igual se debe contar con alcohol glicerinado mínimo al 60% en la recepción, e informar a la persona que llega, que debe higienizar sus manos primero. Y los trabajadores a una distancia física de 2 metros, cada persona debe portar tapabocas y realizar el lavado de manos de manera regular, al menos cada tres horas, todo el personal se debe lavar y desinfectar las manos con agua, jabón y toalla desechable, al inicio y finalización de un recorrido turístico y mínimo cada tres horas.

 En cuanto a las Herramientas de trabajo y elementos de dotación está prohibido intercambiar elementos, equipos o herramientas personales de trabajo y elementos de protección personal con otras personas sin una previa y rigurosa desinfección, se suma las medidas generales de bioseguridad   que no son otras que las indicadas en la Resolución 666 de 2020 “Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus COVID-19, la resolución 0001443 del 24 de agosto de 2020 ″.

Los viajeros y el personal deben portar en todo momento y de manera particular durante los recorridos turísticos un kit de protección personal que contenga como mínimo tapabocas, alcohol glicerinado al menos al 60%, papel higiénico, botella personalizada para hidratación y bolsas para la disposición de residuos de riesgo biológico, el cual debe ser verificaro por el touroperador, se debe realizar la toma de temperatura, la verificación del uso correcto del tapabocas y la realización del procedimiento de desinfección de manos y zapatos conforme con los protocolos establecidos por las autoridades sanitarias.

En cuanto a la Interacción dentro de las instalaciones, Sobre la recepción de sobres o paquetes, se deberá disponer de rociador de alcohol, toallas desechables y punto de disposición final para su limpieza y desinfección. En todo caso se propenderá por la entrega y recepción electrónica y digital de documentos y un protocolo de pago sin contacto mano a mano, utilizando una superficie intermedia y limpia para entregar y recibir.

En recorridos turísticos aislamiento inteligente y un número de personas permitidas en lugares abiertos no debe superar un rango entre el 30% y el 50% de la capacidad máxima permitida, En los recorridos turísticos que se realicen al aire libre en centros urbanos, los guías deben mantener un margen de mínimo 10 minutos de separación entre los grupos que visitan un mismo lugar, para evitar aglomeraciones en espacios públicos. Para recorridos turísticos, el grupo permitido por guía puede oscilar entre 4 a 6 personas

Plan de comunicaciones se debe Incluir en los diferentes canales de comunicación con clientes páginas web, redes sociales, folletos, con recomendaciones dirigidas a los turistas para antes, durante y después de sus viajes, incluyendo las directrices dadas por el Ministerio de Salud y Protección Social en relación con los síntomas de alarma, lineamientos y protocolos para la preparación, respuesta y atención ante la presencia del COVID-19

 Es competencia de cada turoperador elaborar el manual de operaciones para afinar los procesos del plan de comunicaciones y presentarlo a las alcaldías para su aprobación de acuerdo al Decreto 593 de 2020 y así poder iniciar la operación, debe construir un guion de salubridad que incluya información actualizada acerca de la presencia de COVID-19 en el destino visitado, así como, las medidas preventivas que se adoptarán durante el recorrido y las que debe cumplir el visitante a su llegada , sobre el cual debe informarse y acatarse por los viajeros siempre al inicio de cada recorrido.   Se deberá informar al turista las determinaciones tomadas por las autoridades, en caso de resultar positivo para COVID-19, como la necesidad de realizar aislamiento hospitalario o domiciliario y restricciones de desplazamiento.

Con seguridad si se toman las medidas que se enunciaron , el sector puede tener una lenta pero segura recuperación y se estima que a finales del 2021, se recuperen los niveles de viajeros al interior del país que se tenían en Diciembre del 2019

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