SAÚL ALFONSO HERRERA HENRÍQUEZ- abogado. Magister en Derecho Público. 

Por: Saúl Alfonso Herrera Henríquez*

Fundamental es el concepto de identidad para comprender la situación intercultural, que, utilizado en otro tiempo, principalmente desde una óptica psicológica, aparece hoy por todas partes y para explicar las situaciones más diversas. Se coincide en que abarca múltiples formas de representación, significaciones y visiones, el reconocimiento a lo diverso constituye la esencia de la democracia, es componente inmanente de los derechos fundamentales, se trata de una cualidad de la naturaleza humana que propicia el reconocimiento -no solo con enfoque de género- de una sociedad que alberga características e intereses distintos, todos relevantes para la democracia como para el derecho mismo; además, identifica la conexión con la defensa de los derechos comunitarios con perspectiva individual y colectiva, contexto bajo el cual, cualquier política, norma jurídica o resolución jurisdiccional deberá considerar la historia, usos y costumbres, la cultura que permea en las personas, su individualidad, su experiencia, su antropología; no se es presente, sin pasado, su propia esencia, por lo que tomarlo en cuenta es reflexivo y da lugar a impactos diferenciados necesarios en la aplicación del derecho, más aún cuando abordamos el acceso a la justicia. Repercute en la validez de los sistemas normativos y su convergencia con lo perspectivo en la aplicación de enfoques que reconozcan las desigualdades persistentes en la justicia y en el propio derecho, quye en más de un caso requieren, de otras perspectivas.

Desde hace un tiempo, como bien se afirma, vemos que existen esfuerzos colectivos de los que no escapa el derecho para el reconocimiento de estos sistemas normativos apoyados en la cosmovisión, costumbre, propiedad ancestral, valores, el conocimiento y aplicación de normativa apoyada en estas ideas, la medicina tradicional, el uso, respeto e identidad con la tierra, prácticas y celebraciones, aborda el propio concepto de propiedad y lo que representa, un medio de subsistencia, su identidad misma, la naturaleza colectiva, el entendimiento de comunidad, la conexión con el espacio geográfico donde habitan, rigen por tanto, la expropiación de la propiedad.

Se trata, coinciden connotados tratadistas, de un reconocimiento profundo al que debe atender toda sociedad que se considere igualitaria. La razonabilidad en el trato diferenciado no es un privilegio, atiene a la obligación consagrada en el texto constitucional que exige de la autoridad, bajo su respectiva competencia, en todos los niveles, las enormes brechas de desigualdad también sirven de contexto, al identificar medidas o acciones encaminadas a satisfacer esas desventajas, pero sobre todo a resolverlas.

Importa señalar que estas perspectivas han representado mejoras significativas en el ejercicio de los derechos de las personas, la salud o la educación, la propiedad comunal, también la participación política de grupos subrepresentados, en lo que vital será implementar procesos que reconozcan la  autonomía, así como la existencia del pluralismo jurídico, las autoridades comunitarias, los procesos de representación, la libre determinación entre algunas, a la par que conseguir desarrollar contenidos más especializados como la violencia política, la elección de autoridades, el auto reconocimiento de la identidad, la auto adscripción o la relevancia de la consulta.

Es or tras la una vocación transformadora en la consagración de la interculturalidad, indispensables para garantizar la participación en una democracia representativa que materializa la igualdad sustantiva, identifica los obstáculos y la segregación que sobre este grupo en condiciones de vulnerabilidad se ha ejercido. Interpretación garantista que permitirá que numerosos grupos excluidos se visibilicen y tengan participación en el Estado de derecho. La identidad abarca múltiples formas de representación, significaciones y visiones, de ahí que el reconocimiento a lo diverso constituya en mucho la esencia de la democracia. 

*Abogado. Especializado en Gestión Pública. Derecho Administrativo y Contractual. Candidato a Magister en Derecho Público.  

¿Cómo le pareció el artículo?
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0
+1
0

Por editor

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *