SAÚL ALFONSO HERRERA HENRÍQUEZ- abogado. Magister en Derecho Público. 

Por: Saúl Alfonso Herrera Henríquez*

Tengo claro, he tenido siempre esa claridad, que el derecho debe asegurar de manera permanente su transparencia, a efecto de mantener vital su necesaria vigencia; más hoy, que la generación actual ha desarrollado un ecosistema informativo principalmente plural, donde información y uso de las plataformas digitales hacen parte del goce de sus derechos y libertades, por lo que su autonomía es la búsqueda de información y conocimiento dada su naturaleza, tornando fundamental reforzar la idea respecto que sus necesidades informativas están al alcance de un clic. Los esfuerzos de las personas por conocer la cosa pública y proteger su esfera más íntima, han permitido a las nuevas generaciones gozar del ejercicio de sus derechos políticos en un marco normativo e institucional que debe asegurar mecanismos claros para la garantía de las libertades informativas y de expresión, lo que debe perfeccionarse para modificar la relación sociedad / autoridades; todo esto, a diferencia de las generaciones formadas en un sistema que limitaba el acceso a la información a medios tradicionales y en donde el libre intercambio de ideas y opiniones era acotado y sujeto de vigilancia o censura.

Las nuevas generaciones han crecido en un modelo totalmente opuesto, a favor de la democracia y las libertades y en la actualidad estos derechos, que se ejercieron otrora desde un enfoque público que aseguraba garantías autónomas de transparencia y que el actuar gubernamental fuera puesto en una caja de cristal, transitan a un nuevo modelo, requerido que el compromiso de las autoridades e instituciones en las materias de acceso a la información y protección de datos personales resida en los sujetos que obligados deberán promover, respetar, proteger y garantizar estos derechos humanos, y serán otras instancias y órganos estatales, según corresponda, quienes tendrán competencia para conocer de los procedimientos de revisión, ello ante las posibles inconformidades de las personas que les soliciten información.

Coyuntura en la que es oportuno advertir que este nuevo modelo deberá considerar mecanismos legales, administrativos y tecnológicos que aseguren el ejercicio del derecho a la información a una sociedad que ya utiliza y da por sentada la existencia de insumos informativos veraces, confiables, oportunos, congruentes, actualizados, accesibles, comprensibles y verificables. En caso de no cubrir las necesidades informativas de las personas, éstas podrán recurrir a plataformas digitales y otros medios para localizar los datos de su interés, tales como los dispuestos por la Inteligencia Artificial, lo cual pondría en entredicho la veracidad y la calidad de la información.

Fundamental es además, subrayar que el establecimiento de mecanismos o procedimientos laxos que no continúen lo ya logrado en cuanto al goce de esta prerrogativa, también pondría en peligro el principio de progresividad de los derechos humanos; con esto también se podría presentar una regresividad en su reconocimiento y garantía. Aunado a lo anterior, no debemos dejar de lado que, de no asegurar el pleno acceso a la información, podrían vulnerarse otros derechos y libertades, como la libertad de expresión, la participación y el ejercicio informado del voto, entre otros. Este nuevo escenario debe ser favorecedor para la democracia, la pluralidad y la expresión de las voces, tan necesario en un sistema que requiere de participación y construcción de acuerdos.

Este marco normativo deberá destacar el gran papel que la ciudadanía deberá desempeñar. La sociedad tendrá en sus manos el monitoreo de los alcances de esta reforma, ello a efecto evaluar si el nuevo modelo da un efectivo seguimiento al camino hacia el acceso a la información y la transparencia se ha se4guido en los últimos decenios; de ahí la importancia que en el proceso de conformación de nuevas normas se privilegie y se fortalezca el principio pro persona, la garantía constitucional de protección y el principio de progresividad de los derechos, para robustecer el marco jurídico de tutela efectiva.

 *saulherrera.h@gmail.com Abogado. Especializado en Gestión Pública. Derecho Administrativo y Contractual. Master en Derecho Público.

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