Por: Hernando Pacific Gnecco*
Gabo le mostró al mundo lo que la literatura universal llamaría para siempre el realismo mágico, esa extraña mezcla de ficción y realidad, donde ambas se confunden sin fronteras visibles, donde la entelequia puede convertirse en verdad, y esta parece surgida de la imaginación tropical. Para un caribeño, nada de raro tienen los escritos magistrales de Gabo, surgidos de nuestra insólita cotidianidad. Percibiríamos como estas extrañas situaciones si aparecieran en otros tiempos, en lugares y circunstancias ajenas a nuestra cuenca Caribe.
Saverio Amato es un socorrista que desde hace 18 años trabaja en la región de Venecia previniendo accidentes, pero también atendiendo situaciones de alto riesgo para la vida de los demás. Hace dos semanas, este siciliano se encontraba laborando en la playa de Ca´ Savio cuando observó que una turista extranjera estaba ahogándose; rápidamente se lanzó al agua para rescatarla, lo cual logró; de transcurrir unos segundos más, la señora habría fallecido, pues había tragado mucha agua y ya estaba inconsciente. El equipo médico actuó de inmediato, la señora fue reanimada y trasladada al hospital en helicóptero, pudiendo salvarse. Nada extraño hasta ahora, por cierto. Con lo que a continuación sigue, surreal, Kafka hubiera escrito alguna de sus obras o Eugen Ionescu lo hubiera trasladado al teatro.
Casi enseguida, Amato fue notificado de una multa de 1032 euros (unos $4,800.000), dos tercios de su paga mensual, que le impuso la autoridad portuaria de Cavallino-Treporti, provincia de Venecia; extrañado, inquirió por el motivo de semejante sanción. La respuesta fue que “no informó oportunamente” a la Guardia Costera; pero Saveiro sí había informado de inmediato por otra línea de emergencias, lo cual facilitó la atención de la víctima. Incluso, 3 años antes Amato había recibido felicitaciones por salvar la vida de otro bañista; es su primera sanción. Explica Amato que para obtener la certificación de salvavidas implica la toma de decisiones evaluando el tipo de emergencia, el contexto, el estado de la persona, la gravedad de la situación y otros asuntos; para la intervención de primeros auxilios se notifica de inmediato al número 118; si hay una persona desaparecida en el mar se avisa a la Guardia Costera.
Es tal la indignación suscitada por ese castigo que la hija de la mujer rescatada se ofreció a pagar la multa; Amato se negó. “Si esa situación se volviera a presentar, la repetiría mil veces”, dijo el decepcionado salvavidas. “Es una cuestión de principios”. Aún no sabe si apelar. Para los salvavidas que laboran temporalmente, puede significar un desestímulo. Muchos viajan desde el Sur a trabajar al Véneto durante las altas temporadas.
Llamar un número o a otro en semejante emergencia implicaba perder tiempo; la persona en peligro podría morir mientras se establecía la comunicación por los canales establecidos: todo un dilema. Saveiro avisó al 118 y este a la Guardia Costera, que activó los planes de salvamento, pero la Autoridad Portuaria sancionó a Saveiro; “entiendo la legislación, pero la vida humana es lo primero”. “La sanción fue por omitir los trámites”, dijo Luca Zaia, presidente del Véneto; No se hicieron esperar las protestas de los ciudadanos Surgen varias preguntas: ¿qué hacer en esas situaciones? ¿Los trámites burocráticos están por encima de la vida humana? ¿se pueden desobedecer algunas órdenes? ¿cuáles circunstancias permiten ignorarlas? Difícil responder. Cada caso debe analizarse individualmente.
Desconozco la legislación; todavía más la normativa italiana. Pero queda claro que existen situaciones como la de Saveiro que podrían implicar saltarse la cerca legal. Moralmente se contempla desobedecer órdenes superiores cuando son contrarias a la ley, al orden público o a las buenas costumbres. Tampoco les es dado a los superiores impartir órdenes que signifiquen realizar conductas prohibidas u omitir lo permitido. El subordinado puede investigar si una orden es legal o si el superior se apoya en su condición para generar temor y obligar a su cumplimiento. Solo puedo decir que la objeción de conciencia es un derecho fundamental amparado constitucionalmente.
*Médico Cirujano. Especializado en Anestesiología y Reanimación. Docente Universitario. Conferencista. Columnista

