La ley 1876 del 2017 se ocupa de la extensión Agropecuaria, entendida como proceso educativo, mediante el cual los profesionales extensionistas de diferentes profesiones   se ocupan de acompañar a los campesinos para mejorar sus  competencias laborales con el fin último de mejorar sus condiciones de vida,  es  uno de los resultados de los acuerdos de la Habana, con la cual se creó y se puso en marcha el Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria – SNIA, que  formalizó el servicio de extensión rural   para mejorar la productividad, competitividad y de este modo asegurar la sostenibilidad del sector agropecuario.

 En este marco las entidades del estado mediante las convocatorias a EPSEA, (organizaciones de carácter privado con competencia para prestar los servicios de extensión rural), prestaran este servicio  que busca resolver los cuellos de botella en el campo;  los demostrar con resultados  se miden por el impacto en  la productividad, competitividad y sostenibilidad del sector agropecuario.

 El servicio de extensión debe estar articulado al servicio de innovación, entendida esta como una herramienta que se apoya en las políticas de Ciencia, Tecnología e Innovación Agropecuaria y como ya se dijo el Objeto es la creación y puesta en marcha del Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria (SNIA), para impulsar la transferencia de tecnología con la gestión del conocimiento, y los servicios de extensión.  Se busca gestionar el desarrollo de capacidades de los productores agropecuarios articulados con su entorno facilitando el acceso a conocimiento y tecnologías.

La extensión agropecuaria acompañada de gestión de conocimiento, parte de un diagnóstico para encontrar  solución a problemas del campo  sea en producción primaria, la pos cosecha, y la comercialización; mediante el  intercambio de experiencias y la construcción de capacidades individuales, colectivas y sociales.  Se puede decir que los objetivos se cumplen si se logra el cambio técnico en los diferentes eslabones que constituyen la cadena productiva, lo cual requiere de asesoría y acompañamiento a productores, acompañar el acceso al crédito entre otros.

Todo esto con enfoque de Organización Comunitaria y  territorial,  articulado a un Subsistema Nacional de Extensión Agropecuaria y el  Subsistema Nacional de Extensión Agropecuaria como parte integral del SNIA, entendido  como el conjunto de políticas, instrumentos y actores, para orientar, planificar, implementar, hacer seguimiento y evaluar la prestación del servicio de extensión agropecuaria.

La ley  regula la prestación de los servicios de las Entidades Prestadoras del Servicio de Extensión Agropecuaria (EPSEA) habilitadas  hoy por la ADR ( Agencia de Desarrollo Rural) , que son las responsables de desarrollar las  tareas  desde l diagnóstico previo que se realice a los usuario para el  desarrollo de las capacidades humanas integrales mediante la generación y mejora de las habilidades, destrezas, talentos, valores y principios de los productores agropecuarios, para ejecutar apropiadamente labores que demande su actividad productiva como la  adecuación y transformación de la producción primaria, administrativas, financieras y crediticias, informáticas, de mercadeo y de comercialización; así como para la convivencia y el desarrollo rural pacífico.   Esto incluye el desarrollo de las capacidades sociales, el fortalecimiento de la asociatividad para lograr que las organizaciones  de los productores gestionen colectivamente y de manera eficiente las entradas de insumos y factores productivos ,  la pr

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